Cuando se desarrolla una reunión ¿cómo queda constancia de la misma? ¿Qué sucedería si no registramos por escrito los acuerdos tomados?
El acta es un documento por el que queda testimonio escrito de los hechos o acuerdos tomados en una reunión o asamblea.
Por tanto, un acta da fe de los hechos desarrollados en reuniones, que previamente han sido convocadas formalmente, así como de los acuerdos tomados en ellas, que se asientan por escrito y que resulta importante registrar y conservar.
La anotación de lo acordado se hará siguiendo el orden del día que figurará en la convocatoria a esa reunión.
Es el secretario, por medio de su firma, el que se encarga de dar fe de ese documento. Igualmente, deben firmar los restantes miembros que conforman el órgano que convoca la reunión.
También hay que tener en cuenta que las actas deben ser APROBADAS.
- Cuando se trata de una única reunión, el último punto del orden del día recogerá la lectura y aprobación de la presente acta.
- Lo más usual, es que la reunión obedezca a una secuencia de reuniones. En este caso, en la siguiente reunión, en el primer punto del orden del día, se recogerá la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
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